Los
jueces Mauricio Mizrahi, Gerónimo Sansó y Claudio Ramos Feijóo, integrantes de
la Sala B de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de la Capital
Federal, en autos caratulados “D.I.N. c/ Unidad Coronaria Móvil Quilmes S.A. s/
daños y perjuicios”, condenaron a la empresa de emergencias médicas demandada a
indemnizar por los siguientes daños: emergente, psicológico y moral, más gastos de farmacia y gabinete psicológico, cuya suma asciende a $182.420 pesos a los padres de una joven de 22 años que falleció
porque la ambulancia llegó demorada.
Se trata del caso de una joven cuyos padres llamaron el 11
de abril de 2002 al servicio médico de urgencias por un cuadro de asma. El
primer llamado lo hicieron a las 11:35 pero la ambulancia llegó a las 12:40,
cuando la joven ya había fallecido, según se estableció.
Fuente: Diario Judicial
Solicite más información del fallo, conociendo saber los tiempos de arribo desde el Despacho del Auxilio, el tiempo arribado por la unidad, presunción de chances, valor vida integral y los tres pilares de toda una Empresa de Unidades Sanitarias terrestres que debe tener en cuenta.-
Lucas Orlando.-
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