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Aquellas que hasta el momento no han dado cumplimiento a la misma, se les podrá aplicar lo conocido en nuestra jerga, el congelamiento de la Personería Jurídica. En el sentido, que no podrán realizar ningún tipo de trámite, hasta tanto regularice. Además de las posibles multas aplicables al caso.
Asimismo tener presente que todos los hechos y actos que su Institución genere a terceros como comunidad en gral, por más que sean acciones de altruismos, las responsabilidades que allí se genere, repercuten en el incumplimiento de sus disposiciones, agravando su situación. Por ello, se recomienda para un mejor Fortalecimiento Institucional encontrarse al día.-
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