La justicia
condenó a una obra social por mala praxis
De esta manera lo determinó la Cámara Civil y Comercial Federal en una
causa que se inició con la mala praxis sufrida por una mujer luego de dar a luz
en el sanatorio de Gualeguaychú.
La obra social de la Unión del Personal Civil de la Nación (UPCN) deberá
pagarle a la damnificada 103 mil pesos, en concepto de indemnización por gastos
médicos y farmacéuticos, daño material por la lesión estética, tratamiento
psicológico y daño moral.
El hecho ocurrió el 3 de septiembre de 2002, cuando la mujer se dirigió
al sanatorio de Gualeguaychú para dar a luz. Según el perito judicial, la mala
atención médica le provocó una lesión perforante de colon como complicación de
la cesárea.
“En el caso existió una evidente negligencia en lo que hace a la
confección de la historia clínica de la paciente”, remarcó el especialista y
afirmó que que “hubo una asistencia médica deficiente, con un accionar
negligente, existiendo responsabilidad médica de tipo culposa”.
Por su parte, el ex Sanatorio Cometra, de Gualeguaychí, también fue
condenado en forma solidaria, al igual que el Sanatorio San Jorge, el cual
intermedió en los servicios prestados a la mujer. No hubo ningún tipo de
sanción penal para la médica que ejecutó la cesárea y quien realizó la
posterior operación.
Fuente: Red de Abogados.-
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