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Y que a los fines de optimizar la utilización de esa herramienta, se estimó oportuno
proceder a la adecuación y complementación de determinados aspectos de la
aludida resolución general.
Dicha norma no solamente es de cumplimiento obligatorio, sino que además fortalece y protege a la Empresa en cuestiones que luego se encuentra en litigio por alguna cuestión de riesgo operacional en las actividades de Responsabilidad Social Empresaria, en donde se articula con redes en Organizaciones de la Sociedad Civil - OSC y beneficiarios de la Comunidad.-
Como siempre lo he comentado en los distintas capacitaciones en la materia, el uso de esta herramienta, hace distribuir obligaciones y responsabilidades a la hora de ejercer acciones en RSE y por sobre todo cuando se necesita fortalecer la estructura Organizacional ante los cotidianos riesgos que se viven en el día / día.-
Norma completa a su disposición.
Lucas Andrés Orlando
Abogado especialista en Organizaciones con fines Sociales
Cel. (54-9-11) 15-4970-9770 - Tel./ Fax (54-11) 4374-9475
Lavalle 1763 - Piso 4to. Ofic. 2 - Ciudad de Bs. As. - Argentina - C1048AAO
orlandoabogados@gmail.com ////www.facebook.com/lucas.orlando2
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