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La Cámara del Trabajo confirmó una indemnización por despido en favor del
preparador físico del club Estudiantes de Buenos Aires. Los jueces ordenaron que
se le paguen los premios por los partidos ganados y por salir campeón "tomando
también en consideración los usos y costumbres de la actividad futbolística
profesional".
La Sala V de la Cámara del Trabajo confirmó el
fallo dictado en los autos "Ripoli, Humberto Raul c/ Club Atlético Estudiantes
s/ Despido", por el cual se dispuso indemnizar a quien fuera preparador físico
del club de Caseros durante tres temporadas.
La Cámara, compuesta por Oscar Zas y Enrique
Arias Gilbert, rechazo el planteo respecto de los dos puntos, en cuanto al
ingreso, el fallo recordó que fue en la propia contestación de demanda donde
Estudiantes admitió que la llegada del DT fue en septiembre de 2005. Respecto "a
la desvinculación del director técnico en diciembre de 2007 que menciona no
implica necesariamente que también se haya extinguido el vínculo del accionante,
resultando una mera conjetura de la demandada"
Ese punto se vio reforzado, según el Tribunal,
cuando el actor intimó al club en 2008, a fin de que se aclare su situación
laboral y se registre el vínculo. "Es decir que no existió voluntad del
trabajador de extinguir el contrato de trabajo", razonó la Cámara.
"En efecto, ninguna renuncia o consecuencia
negativa puede derivarse contra el actor a raíz de la desvinculación del
director técnico del club demandado. Una conclusión contraria vulneraría la
garantía del art. 19 de la Constitución Nacional y los principios de
conservación del empleo (art. 10, LCT), de irrenunciabilidad (arts. 12 y 58
LCT), como así también lo dispuesto por el art. 240, L.C.T.", expresó el fallo a
cotninuación.
También hubo discusión por el monto
indemnizatorio, ya que según el club, la remuneración tenida por cierta por el
juez de Primera Instancia, era el mismo monto percibido por el DT, y por otra
parte, también se condenó al club a pagar los "premios" por los puntos ganados y
por salir campeón. Es que el equipo de Caseros logró el campeonato de la "B"
Metropolitana en 2006.
La queja de Estudiantes estuvo referida a que la
remuneración establecida en la instancia anterior, era irrazonable "porque es el
mismo nivel salarial que recibía el director técnico, que es un empleado con
mayor jerarquía que el preparador físico". Señaló que la sentencia era
arbitraria porque "no tomó en consideración los usos y costumbres del derecho
deportivo, donde el director técnico es el que mayor remuneración tiene y que,
en una escala menor, lo sigue el preparador físico, el ayudante de campo y el
entrenador de arqueros".
Los camaristas, sin embargo, antendieron a los
dichos del actor, quien manifestó que ganaba más de esa suma, lo que se logró
acreditar a través de los testimonios vertidos en la causa. Por último,
confirmaron la condena apagar premios "tomando también en consideración los usos
y costumbres de la actividad futbolística profesional y la mencionada
operatividad de la presunción legal del art. 55, L.C.T.".
Fuente: Diario Judicial.-
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