12 octubre, 2018

Algunas Responsabilidades de las OSC / ONG en Argentina

Si vos querés lograr alto impacto social en la OSC / ONG que participas, si querés ocuparte a pleno del objeto social de bien común, si querés hacer lo que te motivó participar en una OSC / ONG.-
Y si los asuntos legales, fiscales y administrativos, no te permiten desenvolverte a pleno, está publicación es para vos.-

Por qué las OSC / ONG deben estar asistidas por profesionales idóneos ?
La respuesta, ausencia de herramientas legales y remedios jurídicos, en aplicar sistemas en prevención de conflictos y de procesos internos.-

Que nos indica algunos artículos del Código Civil y Comercial de la Nación:

Los administradores responden en forma ilimitada y solidaria frente a la persona jurídica, sus miembros y terceros, por los daños causados por su culpa en el ejercicio o con ocasión de sus funciones, por acción u omisión.

Los asociados no responden en forma directa ni subsidiaria por las deudas de la asociación civil. Su responsabilidad se limita al cumplimiento de los aportes comprometidos al constituirla o posteriormente y al de las cuotas y contribuciones a que estén obligados.

En caso de insuficiencia de los bienes de la asociación simple, el administrador y todo miembro que administra de hecho los asuntos de la asociación es solidariamente responsable de las obligaciones de la simple asociación que resultan de decisiones que han suscripto durante su administración. Los bienes personales de cada una de esas personas no pueden ser afectados al pago de las deudas de la asociación, sino después de haber satisfecho a sus acreedores individuales.

El fundador o asociado que no intervino en la administración de la simple asociación no está obligado por las deudas de ella, sino hasta la concurrencia de la contribución prometida o de las cuotas impagas.

Los fundadores y administradores de la fundación son solidariamente responsables frente a terceros por las obligaciones contraídas hasta el momento en que se obtiene la autorización para funcionar. Los bienes personales de cada uno de ellos pueden ser afectados al pago de esas deudas sólo después de haber sido satisfechos sus acreedores individuales.

Ab. Lucas Orlando

09 octubre, 2018

Nueva Obra Jurídica para OSC / ONG Habemus Luis Calcagno para rato

Comparto con Uds. un material de alto nivel jurídico, práctico y de la sana crítica ideológico de llamar a las cosas por su nombre.- "Habemus Luis Calcagno" Así es, nuestro colega a vuelto al ruedo con una obra tan deseada por muchos colegas, muchos profesionales de las OSC y sobre todo muchas Asociaciones Civiles y Fundaciones que encuentran en él sus remedios jurídicos justos.-

"Asociaciones Civiles en el Código Civil y Comercial de la Nación", editorial La Rocca

Enorme felicidad la que me toca a mí de poder disfrutar a un Maestro de nuevo en la cancha y como lamento que la IGJ haya perdido a su Jefe de Departamento de Entidades Civiles y por lo que siempre se ha escuchado en los pasillos de IGJ, más que un Jefe, una persona con vocación de Líder.-

Hoy en día, tantos sismos que hay en dicha área, tantas idas y vueltas, que los cambios no se ven.- Como se te extraña y eso que me toca del lado de estar "caminando" la IGJ.- No me quiero imaginar en sus senos de compañeros.-

No me canso de agradecer por ser motor de revoluciones ideológicas a favor del bien común, me consta de otros colegas de haber escuchado el mismo agradecimiento y de muchas OSC.-

Gracias por volver a leerte en los Libros y que el próximo no se tarde demasiado.-

Comparto algunas imágenes de la ocasión y preste atención a la colega Carla Campos (una próxima  Messi en las canchas), feliz de ver grandes en jugar en la cancha de 11 y con la celeste y blanca.-

Gracias Alfonso La Rocca, por aguantar al maestro, sabiendo de lo que llevo en tiempo, pero lo bueno siempre vale la pena esperar.-

Gracias colega y amigo Gustavo Sosa por ser un gestor de espacios y que estas acciones se lleven en el honor que se merecen estar, en la Casa de los Abogados.-

 

07 octubre, 2018

ILÍCITOS en el Pre Hospitalario

Cada vez se incrementa más la sustracción de insumos y equipos médicos, paramédicos y del Pre Hospitalario, ya sea en Guardias y Ambulancias.- Por el contrario, el aumento de tales, pasa a ser un hecho cotidiano lamentablemente como tantos hechos de inseguridad que se viven.-

Se comparte noticia que se ha publicado el pasado Septiembre 2018 por la fuente periodística Crónica, detienen a Banda de Falsos Paramédicos.



El perfil de estos hechos ilícitos, por registros y seguimientos que se efectúan, se observan que son preparados y/o ejecutados por personal no calificado como TEM o Paramédico o en su defecto que se hacen pasar como tales.- Por el contrario, los verdaderos profesionales Pre Hospitalarios termina siendo señalados como sospechoso de dicha maniobra ilícita o terminan siendo víctimas de acoso laboral, por la propia incompetencia del control, por sus propios Empleadores.- 

Las complicidades o colaboraciones detectadas por profesionales en el Pre Hospitalario, para la comisión del delito, resultaron ser mínimas en sus estadísticas.- Tales deslumbraron, que no había intenciones en la criminalidad del acto, sino a otras cuestiones relacionadas  con la desorganización laboral y en sus consecuencias, olvidos o descuidos de controles básicos.-

Otro dato interesante que arrojó la investigación, que se verificó desde el ámbito Sanitario, que la mayoría de estos hechos, se generan en áreas de Organizaciones y/o Empleadores (ya sea bajo modalidad tercerizada o directa) en el no cumplimiento de las normas laborales, bio-seguridad, higiene, protección y demás afines a las tareas del personal del PH o bien en la detección de alta rotatividad de personal.-

Como es de conocimiento público, estos ilícitos en el Pre Hospitalario, son cotidianos.- Muchos Empleadores y/u Organizaciones han aplicado sistemas de seguridad adquiridos en el comercio abierto como uso de alarmas, circuitos cerrado de vídeos, detectores con GPS, acceso por huellas dactilar o contraseñas, sistemas de inventarios, otros.- Pero estas medidas, no han disminuido su accionar, por el contrario han generado  y potenciados otros conflictos internos en sus Equipos PH de índole Civil y Laboral.- 

Ahora bien, si uno desea realmente querer controlar y reducir realmente estos ilícitos en el Pre Hospitalario, corresponden a aplicar otras formas de Organización Sanitaria, donde sí, han verificados mejorías increíbles, no solo eliminando los delitos, sino aumentando y enriqueciendo la labor de verdaderos equipos sustentables en Emergencias Pre Hospitalaria, cuya tarea luego se replicaba en calidad a sus clientes.- 

Las soluciones a este problema están disponibles, pero sólo se necesita la voluntad y el compromiso de llevarlas a cabo, donde sus resultados operan en múltiples soluciones de servicios, ya sea en el propio Equipo Pre Hospitalario de servicio  o bien de las personas que resultan ser consumidores del mismo ante una atención en la Emergencia.-


LUCAS ANDRÉS ORLANDO
Abogado especialista en ONG / OSC,
Derecho en Salud  y  Negociación

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