El próximo 30.06.2015 conforme a la RG – IGJ Nro 004/2012, vence plazo
para la presentación de las DDJJ a los fines de cumplir con las medidas
necesarias para la prevención de Lavado de Dinero y/o Activos
El trámite es obligatorio para todas las fundaciones
inscriptas en el organismo, sean o no sujetos obligados a informar ante la UIF.
La presentación
del trámite fue establecida mediante la Resolución Nº 4 /2012. Según la norma,
las fundaciones que reciban donaciones o aportes de terceros por importes
superiores a $50.000 o el equivalente en especie, en un solo acto o en varios,
realizados por una o varias personas relacionadas, en un período no superior a
los 30 días, deberán presentar una declaración jurada de información sobre el
estado de cumplimiento de la normativa asociada a la prevención de la comisión
de delitos de lavado de activos y financiamiento del terrorismo. Cabe recordar
que estas fundaciones se consideran sujetos obligados a informar a la Unidad de
Información Financiera (UIF), en los términos de la Resolución UIF N°
30/11.
En
tanto, aquellas fundaciones no comprendidas en dichos supuestos también deberán
cumplir con el trámite de presentación, a través del cual dejarán constancia de
que no son sujetos obligados.
La
presentación se inicia vía Web y concluye con la presentación impresa de la
declaración jurada en la sede de la IGJ, previa solicitud de turno.
Para
todos los casos, el trámite deberá realizarse de manera anual, antes del último
día hábil del mes de junio. Cabe recordar que no se dará curso a trámites de
las entidades que no cumplan con el requisito, según lo dispuesto por la
Resolución General I.G.J. Nº 10/2012.
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