06 febrero, 2015

AUMENTOS EN ARANCELES EN IGJ.....(sensación de inflación)

La Inspección Gral. de Justicia,comunica por RG-IGJ Nro. 002/2015, que la RG-Mrio.de Justicia y Derechos Humanos Nro. 120/2015, donde establece el AUMENTO de los nuevos valores de módulos / aranceles para trámites en la IGJ, regirá a partir del próximo 18.02.2015.-

El valor del módulo pasará a costar de $ 35.- Se sabe que los distintos trámites a realizar por las Asociaciones Civiles y / o Fundaciones, comprende un conjunto de módulos, según el trámite, siendo el mínimo de 5 módulos y un máximo de 26 módulos.-

Hasta el 13.02.2015 se podrá abonar con el arancel real y actual (sin el aumento), sepa que el formulario realizado en tiempo y forma y ya abonado, no posee vencimiento de presentación.-

Se Comparte la RG-IGJ 002/2015:
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA
Resolución General 2/2015
Bs. As., 3/2/2015
VISTO el Expediente N° S04:0068969/2014 del registro del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, las Resoluciones ex M.J. N° 729 del 8 de octubre de 1998, ex M.J.S. y D.H. N° 3 del 5 de enero de 2009 y M.J. y D.H. N° 2794 del 19 de diciembre de 2012, y la Resolución General IGJ N° 2 del 11 de marzo de 2009, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución General I.G.J. N° 2/2009 se aprobó la modalidad de formularios digitales para los trámites a realizar ante este organismo, a los que se tiene acceso a través del sitio web oficial de la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA (www.jus.gov.ar/igj).
Que por Resolución del entonces M.J.S. y D.H. N° 3/2009 se creó el denominado “módulo IGJ” para fijar el valor de los formularios utilizados ante la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA.
Que por Resolución M.J. y D.H. N° 2794/2012 se sustituyó el Anexo I de la Resolución del entonces M.J.S. y D.H. N° 3/2009.
Que con fecha 28 de enero de 2015 se dictó la Resolución M.J. y D.H. N° 120, a través de la cual se modificó el valor del “módulo IGJ”.
Que conforme la dicha Resolución M.J. y D.H. N° 120, la misma entrará en vigencia en la fecha que determine la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA.
Que los importes de los formularios digitales abonados con anterioridad a la entrada en vigencia de la Resolución M.J. y D.H. N° 120 serán reconocidos, por lo que corresponde establecer los recaudos para que la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA lleve a cabo dicha labor.
Que la presente se dicta de conformidad a lo establecido en el artículo 3° de la Resolución M.J. y D.H. N° 120 y en uso de las facultades otorgadas por los artículos 21 y 22 de la Ley N° 22.315.
Por ello,
EL INSPECTOR GENERAL DE JUSTICIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — La Resolución M.J. y D.H. N° 120 entrará en vigencia a partir del día 18 febrero de 2015.
ARTÍCULO 2° — Los formularios establecidos en la Resolución M.J. y D.H. N° 2794/2012, no abonados con anterioridad al 18 de febrero de 2015, perderán su validez a partir de la vigencia de la Resolución M.J. y D.H. N° 120.
ARTÍCULO 3° — Los formularios establecidos en la Resolución M.J. y D.H. N° 2794/2012 abonados con anterioridad al 18 de febrero de 2015 deberán ser adecuados al nuevo valor de módulo. Para ello se deberán presentar ante la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA, hasta el 18 de abril de 2015 inclusive, los formularios digitales abonados con sus comprobantes de pago, conjuntamente con el formulario digital emitido con posterioridad al 18 de febrero de 2015; todo ello al solo efecto de que sea reimputado el importe abonado.
Dicha presentación deberá efectuarse en las cajas de la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA, sitas en la Av. Paseo Colón 285, C.A.B.A., en su horario de atención.
ARTÍCULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — DIEGO MARTIN CORMICK, Inspector General de Justicia, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.



Se Comparte la RG-Mrio JyDH Nro 120/2015:

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA
Resolución 120/2015
Resolución M.J.S. y D.H. Nº 3/2009. Modificación.
Bs. As., 28/1/2015
VISTO el Expediente S04:0068969/2014 del registro de este Ministerio, las Resoluciones ex M.J. N° 729 del 8 de octubre de 1998, ex M.J.S. y D.H. N° 3 del 5 de enero de 2009 y M.J. y D.H. N° 2794 del 19 de diciembre de 2012, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución ex M.J. N° 729/98 se establecieron los valores de los formularios utilizados ante la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA.
Que por Resolución ex M.J.S. y D.H. N° 3/09 se creó el “módulo IGJ” para fijar el valor de los formularios utilizados ante el mencionado Organismo, fueron clasificados y modulados los trámites asignándose determinados formularios y se estableció el valor del módulo en PESOS VEINTICINCO ($ 25).
Que por la Resolución M.J. y D.H. N° 2794/12, que sustituyó el Anexo I de la Resolución ex M.J.S. y D.H. N° 3/09, se modificó la clasificación y modulación de los trámites, a fin de mejorar los estándares de atención y funcionamiento administrativo del Organismo.
Que para llevar a cabo la citada modificación se tomaron en cuenta criterios de razonabilidad, en función de la tipología de las entidades, como así también se distinguieron aquellos trámites que por su complejidad requieren de otro tipo de tratamiento y un estudio técnico pormenorizado.
Que resulta necesario adecuar el valor del módulo a fin de mantener los niveles de sostenibilidad de la estructura económica y financiera del Organismo, tomando en cuenta la nueva realidad económica de las entidades sujetas al control de éste.
Que, además, resulta pertinente encomendar a la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA para que establezca la fecha de comienzo de la vigencia de la modificación introducida por este acto.
Que el COLEGIO DE ESCRIBANOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, el COLEGIO PÚBLICO DE ABOGADOS DE LA CAPITAL FEDERAL y el CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, integrantes del ENTE DE COOPERACION TÉCNICA Y FINANCIERA del organismo, a través de sus consejeros, han prestado conformidad a la actualización propuesta.
Que ha tomado intervención el servicio permanente de asesoramiento jurídico de este Ministerio.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por las Leyes Nros. 23.283 y 23.412 y los Convenios de Cooperación Técnica y Financiera suscriptos con el COLEGIO DE ESCRIBANOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, el COLEGIO PÚBLICO DE ABOGADOS DE LA CAPITAL FEDERAL y el CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.
Por ello,
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:
Artículo 1° — Sustitúyese el artículo 2° de la Resolución ex M.J.S. y D.H. N° 3 del 5 de enero de 2009 el que quedará redactado del siguiente modo:
“ARTICULO 2°.- Establécese el valor del módulo IGJ en la suma de PESOS TREINTA Y CINCO ($ 35).”
Art. 2° — Mantiénese la clasificación y modulación de trámites con utilización de formularios ante la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA conforme el Anexo I de la Resolución M.J. y D.H. N° 2794 del 19 de diciembre de 2012.
Art. 3° — La presente entrará en vigencia a partir de la fecha que determine la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA.
(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución General N° 2/2015 de la Inspección General de Justicia B.O. 05/02/2015 se establece que la presente Resolución entrará en vigencia a partir del 18 de febrero de 2015)
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Julio C. Alak.

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