22 octubre, 2015

PROPUESTAS de REFORMAS,para el CÓDIGO CIVIL y COMERCIAL

Como bien saben muchos, me encuentro colaborando en forma voluntaria en algunos frentes privados y/o gubernamentales, en llevar a cabo una serie de ideas y/o propuestas para adecuar las nuevas normas del Código Civil y Comercial de la Nación a una mejor realidad  de Grupos Comunitarios, Simples Asociaciones, Asociaciones Civiles y Fundaciones en Argentina.-

Esta medida no es ocasional, desde el 2004 que vengo dirigiendo el programa de Vitaminas para OSC, en la Asociación Cristiana de Jóvenes  (YMCA) o las distintas charlas referidas en Clínica Jurídica para OSC  y en donde a las nuevas normativas actuales del 2014, he intensificado este trabajo profesional con información real de "trinchera", donde tuve el placer y honor de conocer grandes seres de este campo social.- Ello ha llevado, a nutrir ideas, conocimientos, necesidades, sobrantes, a hacer "clik" y salir del punto cómodo.- Siempre con la mirada profesional técnica en la materia, desde Colegios Profesionales, con funcionarios Gubernamentales, con distintas Organizaciones de la Sociedad Civil, Líderes Sociales, Técnicos del campo social, Empresas Responsables Socialmente  y medios de comunicación social.- 

Las conclusiones no están cerradas, siguen siendo ideas y propuestas abiertas a todos los que transitamos el Tercer Sector Social en nuestro territorio argentino.- 

Siguen abiertas a que cada uno se sienta libre de opinar y proponer. Todo ello, con el sólo fin, para que la norma que regule, controle y/o ordene está gran pasión que tenemos muchos argentinos sobre el Voluntariado en su plena esencia de la Solidaridad y Bien Común, genere efectos reales de impacto social, ni mas ni menos que en nuestra misma Comunidad que vivimos todos.-

A continuación se comparte, conforme a lo establecido al nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, items que se desea proponer en forma distinta y adecuada a la realidad del campo social solidario y comunitario.-

CONTEXTO PRÁCTICO:

Segmentación de Simples Asociaciones, Asociaciones Civiles y Fundaciones, conforme  estructura real que se opere (ej. Fundación Empresaria que una Fundación focal/local o Asociación Civil Comedor Comunitario equis.-) Existen distintos indices de referencias:

I)                    PERSONERÍA JURÍDICA:
Constitución por instrumento privado y/o instrumento público.- Salvo disposición en contraria y fundada del Órgano Contralor Externo Estatal.-

II)                  DOMICILIO:
Fijación por contrato de comodato por clasificación legal, fijado por documento privado o público y con reserva de derechos.

III)                RESPONSABILIDAD LEGAL:
Limitada y proporcional a sus funciones.- Extensión de responsabilidad personal, cuando se proceda a incumplimientos al bien común y/o exceso obligacional y con resolución fundada por Autoridad Judicial competente.-

IV)               ÓRGANO DE FISCALIZACIÓN:
Obligatoria para Asociaciones Civiles conforme segmentación de sus estructuras.- Por la afirmativa, requisito ser Asociado en la mayor categoría y opcional el Oficio de materia.- Salvo disposición en contraria y fundada por Órgano Contralor Externo Estatal.-

V)                 NORMAS DE SOCIEDADES COMERCIALES.-
Inaplicación por analogía, sobre normas y/o disposiciones a Entidades Comerciales.- Su 
efecto judicial actual es destructivo.- Existe innumerables fallos de jurisprudencia al respecto.-

VI)               PLAN TRIENAL
Única y a su constitución.- Salvo disposición en contraria y fundada del Órgano Contralor Externo Estatal.-

VII)             COMISIONES Y/O COMITÉS AD- HOC
Existencia de Comisiones y/o Comités Ad-Hoc especiales y/o complementarios de las facultades de los Órganos Sociales ya existentes.-

VIII)           DOCUMENTACIÓN
Documentación de los actos de las OSC como única y de igual valor ante los efectos jurídicos.- Suficiente la determinación de sus libros sociales y/o documentos acreditados en el Órgano de Contralor Externo Estatal.-

       IX)  GESTIÓN DE TRÁMITES
Aperturas de trámites en distintos cumplimientos de plazos de tiempo administrativos conforme importe de timbrado.- Creación de "ventanilla única".-

         X) RESOLUCIONES Y PROVIDENCIAS
Lenguaje simple y claro con instrumentación de herramientas electrónicas.-

XI)                REGISTRO DE OSC SOCIALES
Existencia de un registro de OSC puramente social y/o comunitaria y/o solidaria.- Segmentación de aquellas OSC (en su carácter de Asoc. Civiles y/o Fundaciones Empresarias, Profesionales, Técnicas, Académicas, Universidades, Obra Sociales, Sindicatos y otra a fines).- Asimismo la mera membrecía al registro de OSC, le facilitará entre otras cuestiones obtener beneficios y/o créditos fiscales, cargas sociales y laborales determinadas pensión social y/o las que se establezcan en el futuro.-

XII)              INTERVENCIÓN DE PROFESIONALES
Que la intervención de profesionales en la gestión de trámites con título habilitantes, sea opcional.- Salvo disposición en contraria y fundada del Órgano Contralor Externo Estatal.- y/o las que se establezcan en el futuro.-

XIII) REMUNERACIONES
Extensible para  aquellas que deriven de programas y/o proyectos social legalmente autorizados por la OSC, todo ello a base del enfoque de marco lógico.-


17 octubre, 2015

NUEVAS NORMAS DE IGJa....para ONG / OSC

El Inspector General, Martín Cormick, fue el encargado de realizar la apertura a un nuevo encuentro destinado a dar a conocer los principales cambios que la norma introduce en materia de entidades civiles. La RG 7/15 regirá desde el próximo 2 de noviembre.
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Ante una gran cantidad de asistentes a la charla, llevada a cabo el jueves 8 en la Asociación Cristiana de Jóvenes, el Inspector General celebró la participación de los profesionales y público general interesados en la temática, dado que a través de estos encuentros que la Inspección General de Justicia viene ofreciendo, es posible intercambiar información sobre las principales novedades de la nueva normativa, de cara a una correcta presentación de los trámites ante el organismo.
Cormick destacó la relevancia de la nueva resolución que "adecua la normativa de la IGJ al nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, tras un proceso de elaboración y redacción que contó con la participación de especialistas en la materia y de todo el personal de la Inspección". "Hemos logrado la actualización de la anterior resolución 7/05, apuntando a modernizarla e incorporando las reformas efectuadas durante estos años", agregó.
La disertación estuvo a cargo del director de Entidades Civiles, Gerardo Ganly, el jefe del departamento de Personería Jurídica, Octavio Vita, y de Fernando Abbattista, jefe del departamento Control Contable de Entidades Civiles. Respecto de los cambios introducidos por la norma, los funcionarios hicieron hincapié en las disposiciones generales, la inscripción ante el Registro Público, los requisitos y trámites posteriores a la autorización, las funciones de fiscalización y aspectos contables.

en el Auditorio YMCA tuvo lugar una nueva edición del Programa "Vitaminas" de la Asociación Cristiana de Jóvenes/YMCA. Está orientado, desde hace varios años, a la formación de dirigentes de organizaciones de la sociedad civil. Es una contribución institucional y gratuita. El tema estuvo vinculado al nuevo código civil y comercial y a la reglamentación pertinente por parte de la Inspección General de Justicia (IGJ). Se hizo presente el Inspector General, Diego M. Cormick, asistido por tres funcionarios de carrera: Gerardo Ganly - Director de Entidades Civiles, Octavio Vita - Jefe del Departamento de Personería Jurídica de Entidades Civiles y Fernando Abbattista - Jefe del Departamento de Control Contable de Entidades Civiles. El secretario general de la Asociación presentó a Cormick y destacó la deferencia de la IGJ de acompañar este esfuerzo institucional. A su vez, Cormick agradeció la iniciativa de la Asociación Cristiana de Jóvenes/YMCA y enmarcó lo que serían luego las exposiciones de los citados funcionarios. El Auditorio YMCA presentaba un lleno casi pleno.
Para más info:
http://www.jus.gob.ar/igj/la-igj/comunicacion/novedades/2015/10/16/charla-entidades-civiles.aspx
http://ymca.org.ar/2012-09-06-16-40-04/construccion-ciudadana/93-sede-central/1227-programa-vitaminas-de-la-ymca

07 octubre, 2015

Vos cerras... Yo abro las puertas (Fdo. Un Trabajador)

Cuando una Fábrica se cierra y deja a sus trabajadores a su suerte, siempre abre esperanzas a la Comunidad, hoy es servicio de bien público para el bien común por sus ex-trabajadores, por medio de talleres de Informática, Artes Marciales, Yoga, Cuidados en Salud, Escuela de Oficios, Asistencia en Psicología ... y seguimos sumando.-

Fundación Rosendo García.-







Nueva Normativa para OSC / ONG

En atención a la próxima Conferencia sobre Nuevas Normativas que regirán para las Asociaciones Civiles, Simples Asociaciones, Fundaciones y demás ONG / OSC con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.- Que se llevará a cabo este próximo Jueves 8 de Octubre 2015, en la sede de la Asociación Cristiana de Jóvenes - YMCA, bajo el programa de fortalecimiento institucional VITAMINAS PARA OSC, donde sus principales disertantes son Funcionarios de la misma IGJ. Se acompaña la normativa en cuestión.-

En el siguiente link, se acompaña referencias generales de la Resolución General Nro. 007/2015 de la Inspección Gral. de Justicia - IGJ, Hacer clic RG-IGJ 7/15.- Dispone en muy pocos artículos disposiciones genéricas.-

En el siguiente link, se acompaña el Anexo de RG-IGJ 007/2015, donde el capítulo específico de Entidades Civiles comienza desde el Art 352 de la presente norma.- Anexo-RG IGJ 7/15

Se invita a los fines de una mejor disposición de tiempos y organización de la próxima conferencia, tomar lectura previa a la normativa a los fines de responder y/o evacuar dudas o consulta que no estén descriptas en la norma.-

Aquellos interesados que deseen aun participar de la misma podrán hacerlo, ingresando los datos aquí para su participación.-