28 abril, 2013

NUEVO REGISTRO DE OSC

NUEVO REGISTRO DE OSC


El GCBA convoca a las OSC / ONG con fines educativos en apoyo escolar a inscribirse en un nuevo registro.


El GCBA convoca a las Organizaciones de la Sociedad Civil – OSC, con asiento en la Ciudad de Buenos Aires y que tenga por objeto social el APOYO ESCOLAR a sumarse a su equipo de fortalecimiento institucional educativo. Donde entre las acciones a realizar, se podrá co-participar en distintos programas públicos y oficiales, tener preferencias en la presentación de proyectos a subsidiar, recibir capacitación y materiales, difundir sus acciones, otros.
Hay tiempo hasta el 03.05.2013, deberán completar el formulario, haciendo clik aquí.
Bases y condiciones haciendo clik aquí.
Más información en: www.buenosaires.gob.ar/educacion o a los teléfonos 4343-5592 / 5593 o al correo electrónico inclusioneducativa@bue.edu.ar
Fuente: Derecho Comunitario para OSC – Blog (De Lucas Orlando)

02 abril, 2013

DIEZ CONSEJOS LEGALES PRÁCTICOS, para actuar pos inundación, por daños materiales.


DIEZ CONSEJOS LEGALES PRACTICOS, para actuar pos inundación, por daños materiales.

1)      Saque fotos de los daños sufridos. Puede perfeccionar esa prueba, haciendo intervenir un Escribano Público. Los periódicos y las notas de TV o circuito de video ayudan.
2)      Describa y sea objetivo en los daños materiales, producto por la inundación.
3)      Detalle los perjuicios en las consecuencias de esos daños materiales, que después ocasionan.
4)      Especifique quiénes podrían ser los distintos responsables, en forma alterna o lo conocido como responsabilidad solidaria. Por ejemplo; la Autoridad Gubernamental, una Empresa, un Consorcio, una Obra en Construcción,  la explotación de un garaje, una Concesionaria Pública de Servicio y/o autopista o caminos, Cia. de Seguros, otros.
5)      Visualice cuál es su pretensión de pedido concreto. La reposición de la cosa y/o la indemnización en dinero.
6)      Resuma los ítems 1, 2, 3 y 5 en una carta, para ser presentadas en cada una de las Oficinas que correspondan. Siempre con un acuse recibo de recepción. Puede perfeccionar esta presentación enviando una carta documento.  
7)      Dependiendo de la respuesta o silencio que tenga de esa presentación, podrá seguir la actuación por la vía de resolución alternativa de conflictos en sedes del Gobierno (son gratuitas) o bien preparar la vía judicial.
8)       Ante mayores dudas, acudir a un abogada/o, incluyendo en las distintas asesorías gratuitas que hay en Instituciones de bien público. También podrá buscar un profesional en el Colegio de Abogados de la Cap. Fed. o  de cada Dto. Judicial si fuese Pcia. de Bs. As.
9)       No deje de reclamar vía telefónica  la reposición de los servicios básicos de Luz, agua, telefonía o gas, pidiendo siempre número de reclamo.
10)   Si en los días sucesivos y en pos de los daños y perjuicios sufrido, se ve obligado a recurrir a nuevas prestaciones y/o servicios, no olvide de guardar los comprobantes de pagos y/o tickets.

La figura legal que se hace referencia, es de RESPONSABILIDAD CIVIL. Si bien un hecho de la naturaleza se considera como un caso fortuito, pero como tal se repite en el tiempo, la misma pudo  ser prevista o en su defecto evitarse sus consecuencias.

El presente se remite en lo que yo considero como Responsabilidad Social Profesional, compartiendo herramientas legales prácticas.  Existen Asociaciones de Defensa del Consumidor, las Defensorías del Pueblo de cada jurisdicción, Universidades en Carrera de Derecho, Poder Judicial, otros, que muchas seguramente son gratuitas.

HAGA VALER SU DERECHO y seamos solidarios con nuestros vecinos.


Lucas Andrés Orlando
Abogado especialista en Organizaciones con fines Sociales
Cel. (54-9-11) 15-4970-9770 - Tel./ Fax (54-11) 4374-9475
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