21 febrero, 2017

IGJ ELEVA MONTOS PARA OSC / ONG

La Inspección Gral. de Justicia - IGJ, comunico por su RG-IGJ 002/17 la elevación de los montos en las Declaraciones Juradas - DDJJ por parte de las Asociaciones Civiles y Fundaciones en la lucha por la prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo.-

Se adjunta texto normativo:

Resolución General 2/2017 Modificación. Resolución General 7/2015. Buenos Aires, 17/02/2017 VISTO, la Ley 25.246 y sus modificatorias; Resolución UIF N° 29 del 26 de enero de 2011, Resolución UIF N° 30 del 27 de enero de 2011, la Resolución General I.G.J. N° 7 del 28 de julio de 2015 y sus modificatorias, la Resolución Interna N° 9 del 22 de octubre de 2015, la Resolución UIF N° 104 del 30 de agosto de 2016 y; CONSIDERANDO: Que la Ley 25.246, en su art. 20, inc. 15, confiere a la Inspección General de Justicia el rol de sujeto obligado en la prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo. Que con fecha 26 de enero de 2011 la Unidad de Información Financiera (U.I.F.) dictó la Res. U.I.F. 29/11, que establece las medidas y procedimientos que los Registros Públicos de Comercio y los organismos representativos de fiscalización y control de las personas jurídicas deberán observar para prevenir, detectar y reportar los hechos, actos, omisiones u operaciones que puedan prevenir o estar vinculados a la comisión de los delitos de lavados de activos y financiamiento del terrorismo. Que, en la misma norma se establecen como algunas de las obligaciones del oficial de cumplimiento las de diseñar e implementar los procedimientos y su control, necesarios para prevenir, detectar y reportar las operaciones que puedan estar vinculadas a los delitos de lavado de activos y financiación del terrorismo; velar por el cumplimiento de los procedimientos y políticas implementadas para prevenir, detectar y reportar operaciones que puedan estar vinculadas a los delitos de lavado de activos y financiación del terrorismo; analizar las operaciones registradas para detectar eventuales operaciones sospechosas; formular los reportes de operaciones sospechosas, de acuerdo con lo establecido en la presente resolución; dar cumplimiento a las requisitorias efectuadas por la Unidad de Información Financiera en ejercicio de sus facultades; controlar la observancia de la normativa vigente en materia de prevención del lavado de activos y financiación del terrorismo. Que, mediante los artículos 30, 33 y 35 de la Resolución N° 104/2016, la Unidad de Información Financiera ha modificado los montos establecidos en su Resolución 30/2011 de la cual se desprenden los receptados en nuestra normativa general. Que conforme lo manifestado precedentemente y a los fines de la adecuación de la normativa de la Inspección General de Justicia a los parámetros establecidos en la resolución U.I.F. mencionada, corresponde modificar los artículos 516 y 517 del Anexo “A” de la Resolución General IGJ 7/2015 como así también los anexos XXIV y XXV de la norma mencionada. Que la presente medida recepta lo establecido en la Recomendación 1 de las 40 Recomendaciones del GRUPO DE ACCION FINANCIERA INTERNACIONAL para prevenir los delitos de Lavado de Activos y de Financiación del Terrorismo, la que establece que, a los efectos de un combate eficaz los países deben aplicar un enfoque basado en el riesgo, a fin de asegurar que las medidas implementadas sean proporcionales a los riesgos identificados. Que la presente se dicta de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 21 de la Ley 22.315. Por ello, EL INSPECTOR GENERAL DE JUSTICIA RESUELVE: ARTÍCULO 1° — Sustitúyase el texto del Artículo 516 del Anexo “A” de la Resolución I.G.J. N° 7/2015 por el siguiente: “Declaración jurada de información sobre estado de cumplimiento. Fundaciones. ARTÍCULO 516: Las fundaciones que reciban donaciones o aportes de terceros por importes superiores a pesos setenta ($ 70.000.-) o el equivalente en especie (valuado al valor de plaza) en un solo acto o varios actos que individualmente sean inferiores a pesos setenta mil ($. 70.000.-) pero en conjunto superen esa cifra, realizados por una o varias personas relacionadas, en un período no superior a los treinta (30) días deberán presentar anualmente una declaración jurada de información sobre el estado de cumplimiento de la normativa asociada a la prevención de la comisión de delitos de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo. La declaración jurada deberá ser suscripta por el oficial de cumplimiento y en caso de no habérselo designado por el Presidente del Consejo de Administración y certificada por escribano público. Deberá ser presentada junto a la documentación respaldatoria en caso de corresponder y conforme al modelo de declaración jurada incluido en el Anexo XXIV junto con el Formulario correspondiente ante este Organismo antes del último día hábil del mes de junio de cada año.” ARTÍCULO 2° — Sustitúyase el texto del Artículo 517 del Anexo “A” de la Resolución I.G.J. N° 7/2015 por el siguiente “Declaración jurada sobre licitud y origen de los fondos. Las asociaciones civiles y/o fundaciones que al momento de la constitución o con posterioridad reciban donaciones o aportes de terceros por montos que superen la suma de pesos doscientos mil ($ 200.000.-) o el equivalente en especie en un solo acto o en varios actos que individualmente sean inferiores a pesos doscientos mil ($ 200.000.-) pero en conjunto superen esa cifra, realizados por una o varias personas relacionadas en un período no superior a los treinta (30) días deberán presentar una declaración jurada sobre la licitud y origen de los fondos. En aquellos casos en que las donaciones o aportes de terceros superen la suma de pesos cuatrocientos mil ($ 400.000.-) o el equivalente en especie (valuado al valor de plaza) en un solo acto o en varios actos que individualmente sean inferiores a pesos cuatrocientos mil ($ 400.000.-) pero en conjunto superen esa cifra, realizados por una o varias personas relacionadas en un período no superior a los treinta (30) días deberán presentar documentación respaldatoria y/o información que sustente el origen declarado de los fondos. A los efectos previstos en los párrafos anteriores, se entenderá por documentación respaldatoria: 1. Si la donación o aporte fuera en dinero en efectivo, se deberá acompañar constancia de depósito bancario, o; constancia de transferencia bancaria. 2. Si la donación o aporte fuera en especie, se seguirán las siguientes pautas: a. Bienes registrables: Deberá acreditarse la valuación fiscal o, en su caso, justificación del valor asignado, mediante tasación practicada por perito matriculado con título universitario habilitante de la especialidad que corresponda o por organismo oficial. La firma del profesional debe estar legalizada por la entidad de superintendencia de su matrícula. El perito que practique la tasación debe ser independiente, entendiéndose tal a quien no sea socio, miembro del órgano del Consejo de Administración, ni esté en relación de dependencia con ella. b. Bienes no registrables: Deberá detallar tipo de bien, cantidad de bienes o unidad de medida, valor corriente unitario y valor corriente total por cada tipo de bien. La valuación se realizará por el valor de plaza, cuando se tratare de bienes con valor corriente o por valuación pericial, en cuyo caso los peritos especialidad que corresponda o por organismo oficial. La firma del profesional debe estar legalizada por la entidad de superintendencia de su matrícula; será admisible la justificación de la valuación mediante informe de banco oficial. El perito que practique la tasación debe ser independiente, entendiéndose tal a quien no sea socio, miembro del órgano del órgano de administración o fiscalización, ni esté en relación de dependencia con ella. 3. Si el donante o aportante fuera persona humana se deberá acompañar constancia de inscripción en la Administración Federal de Ingresos Públicos o en el organismo competente, si la persona humana fuera de nacionalidad extranjera. 4. Si el donante o aportante fuera persona o estructura jurídica, se deberá acompañar: a. Constancia de inscripción en la Administración Federal de Ingresos Públicos o en el organismo competente, si la entidad fuera de nacionalidad extranjera; b. Constancia de inscripción o certificado de vigencia emanado del Registro Público de la jurisdicción correspondiente. La declaración jurada, junto con la documentación respaldatoria, en caso de corresponder, deberá ser presentada conforme al modelo de declaración jurada incluido en el Anexo XXV junto con el Formulario correspondiente al momento de solicitarse la autorización para funcionar y con cada presentación de estados contables.” ARTÍCULO 3° — La presente resolución entrara en vigencia al día siguiente de su publicación. ARTÍCULO 4° — REGÍSTRESE como Resolución General y publíquese, dese a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese. — Sergio Brodsky. Fecha de publicación 21/02/2017

Esto se debe por la adecuación a los cambios introducidos por la UIF mediante Res. 104/16. Se trata de la modificación de los montos mínimos de aportes/donaciones a partir de los cuales se deberá presentar una DJ de información sobre el estado de cumplimiento de normativa asociada a la prevención del lavado de activos y sobre licitud y origen de los fondos.

Para mayor información me encuentro a sus órdenes.

17 febrero, 2017

Las ONG en el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación

Las ONG en el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación


Es un placer enorme poder compartir el artículo de investigación que he realizado para la Editorial Jurídica Microjuris.com.-

Dicho documento lo he dividido en tres etapas: una referida a la descripción normativa para cada una de las figuras legales que se contemplan, me refiero a la Asociación Civil, Fundación y Simple Asociación, una segunda etapa a las generalidades de los actos jurídicos de estas Entidades del Bien Común y la tercera etapa una propuesta de reforma y adecuación real de las normas que debieran regular las Entidades Civiles de Bien Público.-

Comparto el link de acceso al artículo:

15 febrero, 2017

Nuevo Registro de OSC / ONG de RSE

Registro Único de Organizaciones de Responsabilidad Social


Es una herramienta del Ministerio que incentiva a las organizaciones que realizan acciones de Responsabilidad Social. A través de este registro inscribimos y reconocemos a las instituciones públicas o privadas que implementan acciones socialmente responsables en las siguientes temáticas:
  • Gestión de impactos en el medioambiente.
  • Relaciones de trabajo, salud y seguridad en el trabajo.
  • Respeto del derecho del consumidor.
  • Participación en la comunidad y su desarrollo.
  • Gobierno corporativo, rendición de cuentas y transparencia.
  • Prácticas de operación y gestión vinculadas al comercio justo.

El registro tiene tres alternativas: La primera de ellas es Mención, que distingue a las organizaciones que realizan actividades en materia de Responsabilidad Social y Desarrollo Sostenible. Mientras que el Reconocimiento está destinado a los proyectos o programas y la Acreditación a las organizaciones que implementan un plan estratégico enmarcado en esas temáticas.
Las organizaciones que solicitan la mención, el reconocimiento o la acreditación son evaluadas por técnicos del Ministerio, y en el caso de que cumplan con los requisitos mínimos establecidos, son reconocidas y acreditadas. Todas deben estar en consonancia con las 7 materias de la Guía ISO 26.000, los 10 Principios del Pacto Global y los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) promulgados por Naciones Unidas.
Además, desde el registro acompañamos a las organizaciones que actualmente no cumplen con los requisitos exigidos pero desean acreditarse, asistiéndolas en la formulación de un plan estratégico de Responsabilidad Social y Desarrollo Sostenible que responda a sus necesidades.
















































FINANCIAMIENTO DE PROYECTOS

El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, acaba de convocar a todas aquellas Organizaciones de la Sociedad Civil - OSC de la Ciudad, para presentar sus proyectos sociales y concursar para que la Dirección de Fortalecimiento Institucional del GCBA te financie los mismos.-

Adjunto imagen explicativo, con detalles e info:


12 febrero, 2017

Se cortó la SOGA, sabemos hacer NUDOS

Se cortó la SOGA, sabemos hacer NUDOS.

SIEMPRE LISTO !!
Resultado de imagen para scouts de argentina

En estos últimos días la Asociación Civil Scouts de Argentina fue noticia en los medios de comunicación, cuando el título principal decía: "LA IGLESIA CORTÓ LA SOGA CON SCOUTS"

Si bien,  este tema recién ha sido de conocimiento público (Feb.2017), el mismo deviene desde Noviembre 2016 aproximadamente.-

Como bien sabemos, los que  transitamos el campo de las Organizaciones Sociedad Civil - OSC, sabemos que sin importar su estructura, siempre existen cuestiones de Políticas Institucionales y de Poder (algunas derivadas de mezquindades individuales o de miedos personales) .- Hay miles de ejemplos y si vos lector sos Voluntario y transitaste una OSC, te llegan por sí sólo a la mente de muchos ejemplos.-

Cuando surgen los conflictos, muchas veces no se sabe como arribar y muchos los integrantes de una misma OSC, pierden el rumbo, pierde su Norte y se olvidan que representan e integran una Entidad de Bien Público, para el Bien Común y sin fines de lucro.- Se carece de negociar, se confunde arribar el conflicto desde posiciones o de intereses y se mezclan los métodos por falta de ese conocimiento sistemáticos del conflicto.-

Muchas veces, sucede que no se está preparado para estar en esa función, que no se trata de estar sentado en la cabecera de la mesa o cortar cintas en una inauguración o estar en la foto o estar atado en un cargo.-

Sucede y es una condición de supervivencia humana, donde tal vez se mezclan representatividad institucional versus pensamientos personales, Equipos con individualismo y a su vistas se muestran.-

Pero la solución, la tenemos adelante de nuestros ojos y en frente del espejo de preguntarnos quiénes somos y que hacemos.- Por ello muchas veces digo que las OSC y los que las integramos, tenemos un doble mandato en defender lo moral y pensar dos veces cuando emitimos opinión personal.- El por qué es muy simple ?  A nuestro alrededor, no sólo tenemos beneficiarios directos de nuestras causas, sino indirectos y hasta agentes multiplicadores anónimos que son frutos del reconocimiento social en nuestra Comunidad.-

Por ello es clave el trabajo en Equipo, con los aprendizaje (crisis) que con ello lleva y más aún es el momento oportuno de cumplir en la práctica lo que se enseña, se contagia y se dice desde la teoría.- Allí no estaremos siendo más vulnerables o menos, allí estaremos demostrando lo conscientes que estamos y firmes en nuestras convicciones, principios y valores como OSC.- Ya no corre el pensamiento personal, sino el ejemplo de representante de un grupo colectivo, que es reconocido por la misma Comunidad y por la cuál representamos un Poder Colectivo y Comunitario, emanado de un  mandato social.-

Por ello acompaño a la fecha de este artículo, las repercusiones de los medios y la comunicación oficial de la Entidad, donde con ejemplo se demuestra que siguen firmes en sus convicciones en sus ideales, sus principios y valores.-  Por ello amerita dar a conocer, porque ESTOS SON EJEMPLOS QUE GENERAN BUENAS VIBRAS.- Todo es aprendizaje, todo es evolución, todo es lucha y sacrificio, pero la COSECHA sigue dando sus FRUTOS, porque la siembra es de buena SEMILLA y no del mensaje que se muestra en primera plana, sino la que genera las VIBRAS.-

Se transcribe Comunicado Oficial de Scouts de Argentina - Asoc. Civ.- Y asimismo se adjunta los links de referencias.-


Scouts de Argentina ante versiones periodísticas.

  • 11 FEBRERO 2017

En relación a diversas publicaciones de prensa relacionadas con un intercambio epistolar sucedido hace más de dos meses, entre dos obispos de la Iglesia Católica y en relación a una posible desvinculación como ente patrocinante de la Asociación que representamos;
“Scouts de Argentina” quiere comunicar a sus socios, organizaciones de la sociedad civil, familias que componen nuestra comunidad educativa y a la población en general, que negamos categóricamente que nuestra organización haya quebrado vínculos con la Iglesia Católica. Que ninguno de los 75000 niños, niñas y jóvenes que componen los distintos niveles de organización, distribuidos en más de 900 grupos Scouts de todo el territorio Nacional, ha manifestado su intención de dejar de formar parte de esta institución centenaria que tiene como misión “contribuir a la educación de los jóvenes a través de un sistema de valores basado en la Promesa y la Ley Scout, para ayudar a construir un mundo mejor donde las personas se desarrollen plenamente y jueguen un papel constructivo en la sociedad”.
Que dicho sueño lo vemos reflejado al comprometernos con los valores de la “Familia” y el estilo de vida Scout, su religión, la construcción de la paz, la defensa de los Derechos Humanos, y el respeto por el Medio Ambiente, con una propuesta, inclusiva, dinámica, participativa y atractiva para niños, niñas y jóvenes, digna de ser apoyada por la comunidad.

Que si bien es cierto que a fines del año pasado se ha modificado el texto de nuestro Proyecto Educativo, lo cierto es que nuestro movimiento resulta ser respetuoso de todas las religiones que lo componen quienes lo adaptan a sus preceptos formativos, siendo que la “espiritualidad” es parte integrante e indisoluble del método Scout en su conjunto.
asambleasda
"Educamos para el amor, fuerza capaz de unir a las personas y constituir una familia". Negamos rotundamente que nuestra organización a Nivel Nacional como Internacional se haya pronunciado en relación a la práctica del “aborto” y lamentamos que tan altos funcionarios de la Iglesia Católica hayan sido desinformados al respecto.  
Dejamos en claro que los acuerdos de patrocinio con las distintas entidades religiosas continúan vigentes en su totalidad y no se verán afectados por publicaciones maliciosas o desinformadas.
Nuestra Asociación se encuentra abierta al diálogo permanente y constructivo con las entidades que nos apoyan y nos dan sustento diario a nuestro trabajo. Que cientos de parroquias de la Iglesia Católica en todo el País, sábado tras sábado son repletas de niños y niñas que, viviendo plenamente su fe junto a sus educadores y pastores religiosos, construyen responsablemente el desarrollo comunitario a través de su propio crecimiento personal, orgullosos de pertenecer a nuestro Movimiento por los valores que se comparten.
Por último, deseamos aclarar una vez más que nuestra asociación está integrada por niños, niñas, jóvenes y adultos de ambos sexos, por lo que el título de “Boy Scout” no es el más apropiado para nuestra Organización ya que nombrarnos de esa forma implicaría una falta de respeto hacia las miles de mujeres, niñas y jóvenes de nuestra Asociación que día a día trabajan para construir un mundo mejor.
Consejo Directivo
Scouts de Argentina A.C.


Ref. de link para consultar:

TV Amércia Noticias, la Entrevista al Director Ejecutivo de Scouts de Argentina Asoc Civ en 5' minutos explica el estado de situación.-

Fuente: Comunicado Oficial de Prensa de Scouts de Argentina

Nota de Diario Clarín

Nota Diario Infobae

Nota Revista Noticias

Se cortó la SOGA, sabemos hacer NUDOS.- Siempre Listo !!

08 febrero, 2017

AYUDA HUMANITARIA .... LUTO

LA AYUDA HUMANITARIA, se encuentra de Luto.-

La Organización más representativa en su RESCATE, AYUDA, PRIMERA RESPUESTA, es nuevamente blanco de ataque jamás esperados.-

El Comité Internacional de la Cruz Roja, se siente devastado.-

La misma Organización que brinda su AYUDA HUMANITARIA, sin importar y distinguir el color, la ideología, la religión, la bandera, que ayuda sólo por ayudar, porque sabe que a beneficio de la humanidad.-

https://www.facebook.com/ICRCespanol/videos/1561265980569507/


Acompaño el comunicado del día de la fecha 08.02.2017:

Afganistán: seis empleados del CICR muertos y dos desaparecidos en un ataque


Ginebra/Kabul (CICR) – Seis empleados del Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) fueron atacados de muerte en Afganistán. Otros dos están desaparecidos.
El equipo, integrado por tres conductores y cinco oficiales de campo, se dirigía al sur de la ciudad de Shibergan, en la provincia de Jawzan, a fin de distribuir material para la cría de ganado que se necesitaba con urgencia. El convoy fue atacado por hombres armados desconocidos.
"Es un acto despreciable. Nada puede justificar el asesinato de nuestros colegas y amigos", dijo la jefa de la delegación del CICR en Afganistán, Monica Zanarelli. "Por ahora, no podemos determinar el impacto que tendrá este horrendo incidente en nuestras operaciones en Afganistán. Queremos recuperarnos como equipo y apoyarnos mutuamente para procesar este acto incomprensible y encontrar a los dos colegas desaparecidos", dijo la señora Zanarelli.
"Condenamos con la mayor vehemencia lo que parece ser un ataque deliberado contra nuestro personal. Es una tragedia enorme. Estamos conmocionados", dijo el presidente del CICR, Peter Maurer.
"Estos empleados solo estaban cumpliendo sus funciones, tratando abnegadamente de ayudar y apoyar a la comunidad local. Acompañamos en el dolor a los familiares y los seres queridos tanto de los colegas que murieron como de los que están desaparecidos", dijo el señor Maurer.
Aún no hay certezas respecto de quién perpetró el ataque ni por qué.
Para más información:
Thomas Glass, CICR, Kabul (inglés), tel.: +93 (0) 729 140 510
Ramin Ayaz Ahmad, CICR, Kabul (dari y pastún), tel.: +93 (0) 794 618 908
Anastasia Isyuk, CICR, Ginebra (inglés), tel.: +41 79 251 9302
Marie-Claire Feghali, CICR, Ginebra (inglés), tel.: +41 79 536 92 31
Fuente: https://www.icrc.org/es/document/afganistan-seis-empleados-del-cicr-muertos-y-dos-desaparecidos-en-un-ataque
NUNCA MUERDAS LA MANO QUE TE DA DE COMER