La difícil tarea
de ser Presidente de una Asociación Civil, donde un Fallo Judicial lo salvó de
extender la sentencia de Juzgado.-
Nueva sentencia de
la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que cambio la sentencia del
Juzgado, sobre hacer extensiva la sentencia contra el Presidente de una
Asociación Civil. El Tribunal se baso que no es aplicable la Ley de Sociedades
Comerciales.
En el juicio "P.S.B. c/
Asociación Civil M. A. Comunitaria y otro s/ despido", el juez de primera
instancia entendió que por la de demanda instaurada, en reclamo de derechos
laborales, correspondía extender dicha responsabilidad al Presidente de una Asociación
Civil co demandada.-
Dicho representante legal, ejerció su
derecho de apelación, basándose sobre la inaplicabilidad de la Ley de
Sociedades Comerciales.
La Sala X, que revocó la sentencia de instancia anterior, destaco entre sus fundamentos, las siguientes decisiones:
- “la
condición de organizaciones civiles sin fines de lucro (no comerciales),
excluye la posibilidad de aplicarle una normativa referida a la ley de
sociedades comerciales”.
- “no es trasladable
analógicamente ese marco normativo para establecer supuestos de responsabilidad
previstos para otras situaciones y ámbitos, porque salvo convención en
particular, la solidaridad sólo puede ser impuesta legalmente”.
- “la accionada articuló su defensa en
base a la normativa por la que se la demandó (y no otra) la cual resulta
inaplicable al caso”
Fuente: Poder Judicial de la Nación, Febrero
– 2015, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.-