08 agosto, 2015

PRESIDENTE ASOC. CIVIL SE SALVA DE FALLO JUDICIAL

La difícil tarea de ser Presidente de una Asociación Civil, donde un Fallo Judicial lo salvó de extender la sentencia de Juzgado.-
Nueva sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que cambio la sentencia del Juzgado, sobre hacer extensiva la sentencia contra el  Presidente de una Asociación Civil. El Tribunal se baso que no es aplicable la Ley de Sociedades Comerciales.
En el juicio "P.S.B. c/ Asociación Civil M. A. Comunitaria y otro s/ despido", el juez de primera instancia entendió que por la de demanda instaurada, en reclamo de derechos laborales, correspondía extender dicha responsabilidad al Presidente de una Asociación Civil co demandada.-

Dicho representante legal, ejerció su derecho de apelación, basándose sobre la inaplicabilidad de la Ley de Sociedades Comerciales.

La Sala X, que revocó la sentencia de instancia anterior, destaco entre sus fundamentos, las siguientes decisiones:
-  “la condición de organizaciones civiles sin fines de lucro (no comerciales), excluye la posibilidad de aplicarle una normativa referida a la ley de sociedades comerciales”.
- “no es trasladable analógicamente ese marco normativo para establecer supuestos de responsabilidad previstos para otras situaciones y ámbitos, porque salvo convención en particular, la solidaridad sólo puede ser impuesta legalmente”.
- “la accionada articuló su defensa en base a la normativa por la que se la demandó (y no otra) la cual resulta inaplicable al caso”

Fuente: Poder Judicial de la Nación, Febrero – 2015, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.-